Contrato de Provisión


Contrato marco de provisión de mercaderías entre Corporación El Rosado y sus proveedores




Guía para Codificación / Decodificación De Proveedores


REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER CODIFICADO COMO PROVEEDOR


Para ser considerado proveedor de CORPORACIÓN EL ROSADO, se tomará en cuenta lo siguiente:

a. Ser persona natural legalmente capaz o persona jurídica legalmente constituida o domiciliada en el país, de conformidad con la legislación vigente;

b.Tener Registro Único Contribuyentes;

c. Cuando el proveedor sea extranjero se cumplirá los requisitos legales pertinentes, que permitan establecer las responsabilidades administrativas, civiles o penales adecuadas de ser el caso;

d. Cuando el proveedor presente un producto que ingrese por primera vez al mercado deberá adjuntar documentos de producción que contengan información que le permita al supermercado verificar capacidad comercial, financiera, operativa, de producción y suministro, a fin de evitar delitos como el lavado de activos, etc.;

e. Estar vinculado a los sistemas tecnológicos de información que se emplean por el supermercado cuando su registro o inscripción sean requerido;


REQUISITOS MÍNIMOS PARA SER DECODIFICADO COMO PROVEEDOR


Se consideran como requisitos mínimos generales para la decodificación de un proveedor los siguientes:

• Que los productos del proveedor dejen de cumplir las normativas legales exigidas en el Art. 17 del Manual de buenas prácticas comerciales para el sector de los supermercados.

• Que el proveedor incumpla las obligaciones expresamente señaladas en el Art.5 del Manual de buenas prácticas comerciales para el sector de los supermercados.

• Que el proveedor incumpla los lineamientos de entrega de productos especificados en el Art.10 del Manual de buenas prácticas comerciales para el sector de los supermercados.

• Que exista incumplimiento del proveedor en cualquiera de las cláusulas del contrato de provisión de mercaderías firmado entre este y Corporación El Rosado.


Guía Para Codificación De Productos


REQUISITOS MÍNIMOS PARA CODIFICAR UN PRODUCTO


Para la codificación de los productos se tomará en cuenta los siguientes aspectos:

a. En relación con su contenido nutricional:

  1. Todos los productos, sin excepción alguna, deberán contener información clara y precisa en sus tablas nutricionales que permitan conocer sus contenidos, efectos y excepciones para el consumo, de acuerdo a las normas legales pertinentes.

b.- En relación con su comercialización:

  1. Que su comercialización ofrezca el nivel mínimo de rentabilidad determinado por el supermercado y/o similares para la respectiva categoría;

  2. Que el producto ofrezca las cualidades alimenticias legalmente permitidas para los consumidores;

  3. Que pertenezca al portafolio de productos que el supermercado y/o similares tiene definido dentro de su surtido y giro;

  4. Que se acredite una estructura de producción adecuada y/o importación que le permita cumplir con los niveles mínimos de entrega o abastecimiento del producto.

c.- En relación con exigencias legales y técnicas:

  1. Cumplir con las condiciones higiénicas y sanitarias establecidas en la legislación vigente. Esto incluyendo Registro Sanitario por cada producto elaborado, que deberá encontrarse en vigente durante toda la relación de suministro;

  2. Todos los productos exhibidos deberán contener en forma clara, precisa y perfectamente legible, el precio final, la fecha de expiración y otras indicaciones relevantes a la calidad del producto;

  3. En cuanto a marcas, patentes y otros derechos constituidos en propiedad intelectual, los proveedores y los supermercados y/o similares deberán cumplir la normativa legal nacional e internacional aplicable;

  4. En todo caso, los proveedores deberán responder por la garantía de consumo establecida en la ley;

  5. Cumplir con los requisitos legales sobre embalaje y empaque de los productos; y,

  6. Los efectos dañinos de los productos por una indebida conservación posterior a la entrega es responsabilidad de los supermercados y/o similares.

d.- En relación con exigencias de identificación:

  1. Identificación de la mercancía con un solo código de barras por EAN (European Article Number), más actualizadas o su equivalente, tanto en la unidad de venta como en la de empaque.

Si el producto es aprobado y si se tratase de un nuevo proveedor, las partes firmarán un Contrato de Provisión de Mercaderías.

A medida de que se incorporen nuevos productos a proveedores existentes, se firmará un convenio modificatorio, es decir, un nuevo Anexo de productos al contrato de provisión de mercaderías existente.


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